EL RÉGIMEN TIR
La Convención de 1975 sustituyó al Convenio TIR de 1959, que a su vez sustituyó al Acuerdo de 1949. A julio de 2015, hay 69 participantes en la Convención, entre ellos 68 Estados y la Unión Europea.
HISTORIA
El primer acuerdo TIR fue elaborado en 1949 por un pequeño número de países europeos. Este régimen aduanero se ideó con la intención de reducir las dificultades a las que se enfrentaban los transportistas y, al mismo tiempo, ofrecer a las autoridades aduaneras un sistema internacional de control que sustituyera a los procedimientos tradicionales.
Después de varias revisiones del Sistema Aduanero TIR en años posteriores, este es ahora mucho más eficaz, menos complejo y más seguro. Cubre la totalidad de Europa, llegando hasta el norte de África, Oriente Próximo y Oriente Medio. Ya son 68 los países que lo avalan.
El considerable número de Cuadernos TIR utilizados en la actualidad (alrededor de 3 millones al año) es el resultado de las especiales ventajas que este sistema aduanero ofrece a los transportistas, asegurándoles un régimen sencillo, barato, eficaz y fiable para el transporte internacional de mercancías a través de las fronteras.
FUNCIONAMIENTO
Las mercancías pueden atravesar las fronteras nacionales en camiones precintados con una intervención mínima por parte de las autoridades aduaneras, ya que una vez hecho el despacho de las mercancías en origen, éstas salvo excepciones, no tendrán que pasar controles en las distintas fronteras por las que transiten hasta llegar a la aduana de destino, donde se realizará sin problemas la importación de las mismas. Esto minimiza las cargas administrativas y financieras, y los derechos y gravámenes sobre las mercancías están cubiertos por una garantía internacional.
El acceso al Sistema Aduanero TIR de las personas físicas y jurídicas con derecho a utilizar los Cuadernos, deberá ser autorizado por las autoridades nacionales de cada país adherido al Convenio TIR. En España, ASTIC es la única asociación garante para el Sistema Aduanero TIR.
OBJETIVOS Y BENEFICIOS
PARA LAS ADUANAS
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Reduce los requisitos normales de control en fronteras en los procedimientos de tránsito nacional.
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Evita la necesidad de inspección física en países de tránsito, limitándose a comprobar precintos, condiciones externas del compartimento de carga y documentación.
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Garantiza los deberes e impuestos en riesgo (hasta 60.000€ por tránsito TIR).
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Reduce el riesgo de información errónea: la operación está cubierta por un solo documento armonizado (cuaderno TIR).
PARA LOS TRANSPORTISTAS
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Permite transportar mercancía a través de fronteras con mínima interferencia y retrasos.
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Reduce tiempos de espera en fronteras, especialmente en transportes bilaterales.
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Facilita la selección del modo de transporte más idóneo, reduciendo impedimentos aduaneros.
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Documentación simplificada.
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Acceso a 68 países.
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Evita depósitos de garantía en fronteras de tránsito.
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Permite a pymes acceder al mercado global manteniendo su independencia comercial.
PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL
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Alienta el desarrollo del comercio internacional en un medio seguro y controlado, eliminando impedimentos tradicionales.
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Importantes ahorros en costes de transporte al reducir retrasos en el tránsito.